Mecanismo Reinicia+ FOCIT DANA
Ministerio de Industria y Turismo
Contacta con nuestro Servicio de Información
¿Cuál es el objeto de esta Línea?
El objeto de esta línea de financiación es conceder préstamos a sociedades mercantiles que sean titulares de establecimientos turísticos en los municipios damnificados por la DANA, que hayan sufrido daños de cualquier naturaleza en las edificaciones, instalaciones, bienes de equipamiento o existencias afectos a su actividad. También se podrán conceder préstamos a aquellos establecimientos que vayan a realizar nuevas inversiones en el sector turístico en los territorios afectados.
¿Para quién?
Sociedades mercantiles que cumplan los requisitos establecidos en Acuerdo de Consejo de Ministros de 6 de mayo de 2025, por el que se establecen las condiciones del mecanismo para la financiación de empresas afectadas por la DANA a través del Fondo Financiero del Estado para la Competitividad Turística (FOCIT), F. C. P. J., Mecanismo Reinicia* FOCIT DANA. Entre otros los siguientes:
- Tener su domicilio social o establecimiento de desarrollo de actividad industrial en alguno de los municipios recogidos en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre.
- Operar en laguna de las siguientes ramas de actividad según la CNAE:
- 5510 Hoteles y Alojamientos similares
- 5610 Restaurantes y puestos de comida
- 5620 Servicios de catering y otros servicios de comidas
- 5629 Otros servicios de comidas
- 5630 Servicios de bebidas
- 9329 Otras actividades recreativas y de entretenimiento
- Tener una antigüedad mínima de 3 años, a contar desde el 29 de octubre de 2024.
- Contar con al menos 5 trabajadores asalariados, al cierre del ejercicio anterior a la solicitud de financiación.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias ante el Estado y con la Seguridad Social, no figurar en situación de morosidad en CIRBE en las fechas de solicitud y formalización de la operación, no estar en crisis según el Reglamento (UE) 651/2014, y no estar sujeto a una orden de recuperación de ayudas ilegales.
- No estar en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
¿Qué financia?
La adquisición de activos fijos y el sostenimiento del capital circulante, siempre que se hayan adquirido o, en su caso, iniciado su realización, con posterioridad a 1 de octubre de 2024.
Activos fijos:
- Inversiones en infraestructuras sujetas a la actividad principal de la empresa.
- Adquisición de mobiliario y equipamiento. Maquinaria, herramientas, moldes o utillaje.
- Adquisición de equipamiento vinculado a la tecnología de la información.
- Equipamiento para sostenibilidad y eficiencia energética.
Además, se considerarán financiables los gastos de consultoría y calificación crediticia externa en los que se haya incurridos para solicitar la financiación, así como los costes necesarios para obtener un aval de una SGR, si así lo precisara el riesgo de crédito de la operación.
¿Dónde lo solicito?
A partir del mes de julio, en la página web de ICO, mediante formulario de cumplimentación telemática obligatoria.
La solicitud requiere firma electrónica y acreditación mediante Cl@ve o certificado digital para acreditar la autenticidad de los solicitantes.
Una vez presentada la solicitud se procederá al estudio de las condiciones de elegibilidad y análisis de riesgos de la operación.
Importe por cliente
El importe mínimo del préstamo será de 50.000 €, no hay importe máximo.
El valor nominal del préstamo no podrá superar, en ningún caso, el 80% del valor de la inversión objeto de financiación, pudiéndose financiar hasta el 100% del importe solicitado por el cliente en caso de financiación de circulante.
Tipo de interés
El tipo de interés de la operación será del 0% para la empresa
Comisiones
Se aplicará una comisión de apertura del 0,5% del importe formalizado.
No se aplicará comisión por cancelación anticipada.
Plazo de amortización y carencia
El plazo máximo de las operaciones será de hasta:
- 5 años para operaciones de circulante con hasta 1 año de carencia de principal.
- 10 años en operaciones de inversión, con hasta 3 años de carencia de principal.
Garantías
ICO podrá solicitar las garantías oportunas para asegurar la viabilidad de la operación.
¿Hasta cuándo lo solicito?
Hasta el 31 de diciembre de 2025
Documentación
La solicitud deberá ir acompañada de, al menos, la siguiente documentación:
- Impreso de solicitud en el que autoriza a ICO a consultar distintas bases de datos al objeto de obtener la información necesaria para evaluar la capacidad de repago de la operación.
- Memoria técnica del proyecto
- Para solicitudes de financiación superiores a 3.000.000 €, informe de calificación crediticia oficial en vigor emitido por agencia de calificación acreditada por la European Securities and Markets Authority (ESMA), tanto para el solicitante como para el grupo de empresas al que pertenezca.
ICO podrá requerir al solicitante cualesquiera otros datos, documentos e informes que resulten necesarios para el estudio de la operación.
Más información y solicitudes